Registro de Fundaciones
GOVERN Conselleria de Presidència Dirección General de Relaciones Institucionales

 Fundaciones
Introducción
Legislación Aplicable
Tasas
Inscripción de trámites diversos relativos a fundaciones
Solicitud de compulsa

Diligenciación de los libros

Corrección de deficiencias
Activitades económicas de las fundaciones
Las cuentas anuales de las fundaciones
El plan de actuación de las fundaciones
Anexo: Modificaciones posibles y otros actos inscribibles
Solicitud

LAS CUENTAS ANUALES DE LAS FUNDACIONES

 


  • El Presidente o la presidenta, o la persona a quien corresponda según los Estatutos o el acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno, formulará las cuentas anuales de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 776/1998 (por el que se aprueba el PGC de las entidades sin fines lucrativos) y serán aprobadas por el Patronato de la fundación en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio (artículo 25.2 de la Ley 50/2005). El secretario o la secretaria del Patronato firmará todas las hojas de las cuentas, con el visto bueno del presidente o presidenta. Debe adjuntarse una relación de los patronos asistentes a la sesión en la que se aprobaron, firmada por todos los asistentes (artículos 3 y 4 del Real Decreto 1337/2005).
  • Las cuentas anuales se presentarán al Protectorado dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación. En su caso, se acompañarán del informe de auditoria. (art. 25.7 de la Ley 50/2002).

    Debe adjuntarse a la memoria un inventario (según la disposición adicional segunda del Real Decreto 776/1998) de los elementos patrimoniales integrantes del balance de la entidad, distinguiendo los distintos bienes, derechos, obligaciones y otras partidas que lo componen, indicando:

    - La descripción del elemento
    - La fecha de adquisición
    - El valor contable
    - Las variaciones producidas en su valoración
    - Las provisiones, amortizaciones y cualquier otra partida compensadora que afecte al elemento patrimonial
    - Cualquier otra circunstancia de carácter significativo que afecte al elemento patrimonial, tales como gravámenes, afectación a fines propios o si forman parte de la dotación fundacional


  • Los requisitos para seguir un modelo determinado de formulación de las cuentas anuales vienen establecidos en el artículo 25 de la Ley 50/2002.
  • En el caso de que la fundación haya realizado inversiones temporales, el Patronato deberá emitir anualmente un informe sobre el grado de cumplimiento por parte de la fundación de los códigos de conducta aprobados en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
  • Uno de los requisitos para ser consideradas entidades sin fines lucrativos a efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, es la elaboración de una memoria económica, el contenido de la cual viene establecido en el Real Decreto 1270/2003, por el cual se aprueba el reglamento que desarrolla esta ley. Esta memoria deberá presentarse ante la delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) en un plazo de siete meses desde la fecha de cierre del ejercicio. No obstante, las entidades cuyo volumen total de ingresos del periodo impositivo no supere los 20.000 euros y no participen en sociedades mercantiles no vendrán obligadas a su presentación ante la AEAT, sin perjuicio de la obligación de estas entidades de elaborar dicha memoria económica y presentarla ante el protectorado.
  • En lo referente a la justificación de los donativos, donaciones y las aportaciones deducibles, a los efectos de la Ley 49/2002, las entidades sin fines lucrativos deberán expedir una certificación, cuyo contenido viene establecido en el Real Decreto 1720/2003. La entidad beneficiaria también deberá remitir a la Administración tributaria una declaración informativa sobre las certificaciones emitidas de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles percibidas durante cada año natural; esta declaración se debe presentar durante el mes de enero de cada año.


Portada